Diario de actualidad jurídica de Lex Nova • Jueves 20.Junio.2013
La Sección 12.ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 55 de la capital que, en su día desestimó la demanda presentada por el vicepresidente y portavoz de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, contra cuatro periodistas del periódico Público por la posible intromisión ilegítima a su derecho al honor mediante los dieciséis artículos periodísticos publicados en el citado medio entre los meses de enero y marzo de 2009.
El político demandante calificó la reiteración de publicaciones sobre un mismo tema referidas a su persona como una auténtica «campaña» de desprestigio hacia su persona o «mobbing periodístico»; aspecto éste rechazado por el tribunal al declarara que lo relevante, en estos supuestos, es determinar si el contenido de la pretendida campaña es o no atentatorio contra la el derecho al honor. Así, tras repasar la doctrina jurisprudencial sobre el derecho a la información y, la veracidad de los contenidos, como «presupuesto de legitimidad» de su ejercicio; el carácter necesariamente relevante de la información publicada y, la ausencia de expresiones formalmente injuriosas, examina el tribunal cada uno los artículos publicados; para, al fin, tras realizar una valoración «conjunta e individualizada» de la prueba, declarar que no se traspasaron los límites del derecho a la información y de la libertad de expresión, desestimando el recurso e imponiendo la costas, también de esta segunda instancia, al dirigente popular.
Por otra parte, los tres magistrados que han conocido de la apelación, también han desestimado el recurso contra la resolución del juzgado que obligó al portavoz del gobierno regional a renunciar a la asistencia letrada de la Administración autonómica al tratarse de un asunto privado, al pretender proteger un derecho personalísimo.
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