Diario de actualidad jurídica de Lex Nova • Sábado 19.Mayo.2012
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso administrativo que presentó en su día la Organización Médica Colegial (OMC) contra el plan formativo de la especialidad Enfermería Familiar y Comunitaria.
La OMC alegaba en su recurso que este plan otorga competencias profesionales que no se corresponden con su título, que alberga ámbitos profesionales que corresponden en exclusiva a los médicos y que esta regulación determina "la desregulación de la profesión de médico y odontólogo", además de otras competencias "que no son propias de los diplomados en enfermería".La Audiencia, tras oír los argumentos en contra del recurso del Abogado del Estado y el Consejo General de Colegios oficiales de enfermería, asegura, entre otros argumentos, que el plan ciñe su contenido a la formación especializada y no a la regulación de la profesión y las competencias de los médicos.
Haciendo suyos los argumentos citados, la Sala afirma que la regulación no incide en el ejercicio profesional, sino en la formación previa, atribuyendo a los profesionales de la enfermería un conjunto de conocimientos "sin menoscabar las atribuciones profesionales de los médicos y odontólogos".
Respecto al argumento de la OMC de que "existe una desviación de poder" porque "bajo el subterfugio de la regulación de la formación se han introducido competencias que nos son propias de los diplomados en enfermería, la sentencia argumenta que no existe tal desviación de poder pues el plan "regula el programa de formación, no la profesión".
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